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jueves, mayo 7

Informe 2008 de la Procuradora Gral.de Asturias


Se puede consultar el Informe 2008 de la Procuradora General del Principado de Asturias (tambien aquí).

Consta de varios apartados, en la páginas 423 -481 podeis consultar lo referente a Servicios Sociales. Con un incremento respecto a 2007 del 13%.

Y Educacion en la pag. 249- 300, asi como Justicia en la pagina 527. Tambien en la pagina 534 Extranjería.

Poco a poco iremos comentando este Informe. Es de resaltar la parte de las quejas inadmitidas por que la personas quejosa era un empleado publico, (a nuestro juicio quedarse en las formas y no en el fondo de los asuntos, como se puede comprobar especialmente en el apartado de Servicios Sociales) aspecto, no recogido por ejemplo, como causa de inadmisión en la normativa del Defensor del Pueblo.

En este Informe se remite a otros más específicos como el de Menores Inmigrántes No Acompañados

martes, mayo 5

Informe Procuradora:Aumentan las quejas

Aumentan las quejas en Asturias por incumplimiento de los plazos de la Ley de Dependencia en 2008

EFE
Actualizado 04-05-2009 14:05 CET

Oviedo.- La oficina de la Procuradora General del Principado de Asturias ha registrado un aumento de las quejas relacionadas con los servicios sociales que superaron el 13 por ciento en 2008 respecto al año anterior, sobre todo en relación al incumplimiento de plazos en la aplicación de la Ley de Dependencia.


(EFE)

La oficina de la Procuradora General del Principado de Asturias ha registrado un aumento de las quejas relacionadas con los servicios sociales que superaron el 13 por ciento en 2008 respecto al año anterior, sobre todo en relación al incumplimiento de plazos en la aplicación de la Ley de Dependencia. EFE/Archivo

Estos datos han sido facilitados hoy por la Procuradora General del Principado, María Antonia Fernández Felgueroso, en una rueda de prensa que ha ofrecido tras comparecer en la Junta para presentar el informe anual de la institución correspondiente a 2008.

Este informe señala que durante el ejercicio anterior se gestionaron 1.023 intervenciones en relación a diversas solicitudes de los ciudadanos.

De ellas, hubo 453 demandas de información y orientación, tanto presenciales como por vía telefónica, y se tramitaron 526 expedientes de queja, de los que 284 respondieron a las demandas de 2008, así como 44 actuaciones distintas no calificadas formalmente como tal.

De los 526 expedientes gestionados, 91 fueron por protestas ante el régimen local, 69 sobre servicios sociales y 45 en relación a la sanidad.

La Procuradora ha detectado 45 irregularidades o deficiencias en la práctica administrativa y ha dictado recomendaciones, recordatorios o sugerencias en los ámbitos de la función pública, educación, urbanismo y vivienda, obras públicas transporte y comunicaciones, régimen local, hacienda, medioambiente, sanidad y servicios sociales.

De las resoluciones dictadas por la Procuradora, un 40 por ciento han sido formalmente aceptadas por las administraciones.

Felgueroso ha asegurado que la colaboración mostrada por las administraciones es "buena", aunque ha dicho que deben acortar el tiempo de respuesta a las resoluciones dictadas desde su oficina y mejorar la calidad de sus informes.

La mayor parte de quejas de los ciudadanos se deben a su relación con las administraciones locales, que suponen un 19 por ciento del total, seguido de las denuncias en relación a los servicios sociales, que fueron 44, lo que supone un 15,49 por ciento.

La Procuradora ha señalado que existe "una laguna" sobre algunos plazos en los que han de ser cumplidas las peticiones de los ciudadanos en relación a la Ley de Dependencia, lo que provoca que la gente no sepa cuándo ha de reclamar.

También ha destacado las quejas de los ciudadanos en relación a la valoración que dicta la administración sobre el grado de dependencia, aunque ha reconocido el esfuerzo de la Consejería de Bienestar Social en la aplicación de esta ley "compleja".

Felgueroso ha destacado el apoyo de su oficina al movimiento asociativo y a la defensa y garantía de derechos, a través de las actuaciones de oficio, como la realizada en el informe "Protección de los Menores Extranjeros no acompañados en Asturias".

En este sentido, ha anunciado que se está elaborando un informe de oficio sobre la salud mental en el Principado, aunque ha explicado que la pretensión es conocer la opinión que tiene el ciudadano y no realizar un análisis de la situación.

También ha apuntado que realizarán un "pequeño" informe sobre la situación que atraviesa las personas "sin techo" en la región y cuál es la respuesta de la administración y la sociedad.

Por último, ha abogado por la necesidad de que los ciudadanos conozcan sus derechos y a la Procuradora, y que sepan los mecanismos para realizar sus quejas a través de esta oficina tras realizar una gestión con la administración que no les convenza.

lunes, octubre 6

Bienestar no escolariza a niños inmigrantes


La Consejería de Bienestar Social mantiene fuera del sistema ordinario de escolarización a menores inmigrantes extranjeros acogidos en sus centros de protección social a la infancia. Así figura, al menos, en la denuncia formulada por un educador de uno de estos centros a la oficina de la procuradora general de Asturias. La denuncia, formalizada el 30 de septiembre de 2008, recoge el caso de dos menores, ambos de 15 años de edad, que, aún estando en edad de escolarización obligatoria, no asisten a ningún instituto de Asturias.

De acuerdo con la queja, que deberá ser evaluada ahora por María Antonia Fernández Felgueroso, procuradora general, los dos menores tuvieron su primer contacto con la puerta de entrada al sistema de protección entre marzo y abril de este mismo año. Sin embargo, no fueron escolarizados el curso pasado y tampoco consta que hayan sido matriculados en el presente curso que comenzó oficialmente en septiembre. La denuncia, formulada por un educador de la Consejería de Bienestar Social, recoge que la Constitución española, en su artículo 27, cita textualmente que la enseñanza básica será obligatoria y gratuita. Asimismo, la ley orgánica de educación, de mayo de 2006, establece que la enseñanza obligatoria se desarrollará entre los 6 y los 16 años.

La denuncia que obra ya en poder de la procuradora insta a su oficina a que compruebe los hechos denunciados y obligue a las consejerías de Bienestar Social y de Educación a escolarizar a estos dos menores. El escrito urge a la procuradora a que se actúe en protección de los dos menores --este periódico ha tenido acceso a la denuncia-- y se tenga en cuenta el interés superior de ambos.

La Consejería de Bienestar Social, que mantiene bajo su protección a ambos adolescentes, reconoce, pero sólo parcialmente, la veracidad de los hechos. Un portavoz de este departamento señaló que todos los menores alojados en la unidad de primera acogida --puerta de entrada al sistema de protección-- tienen satisfecho su derecho a la educación. Para ello, según Bienestar, la unidad cuenta con un profesor que les da clases. La Administración autonómica reconoció, eso sí, que los menores no son escolarizados en la enseñanza normalizada hasta que abandonan la unidad de primera acogida y pasan a un centro de menores.

Bienestar Social señaló que, cuando los adolescentes residen ya en un centro, son escolarizados en el instituto que les convenga de acuerdo con sus necesidades. El problema reside en que la puerta de entrada al sistema de protección, la unidad de primera acogida, fue diseñada en su día para alojar a los menores por un periodo máximo de 45 días. Sin embargo, el Gobierno de Asturias incumple habitualmente este precepto. De hecho, según la denuncia formulada ante la procuradora, uno de los menores entró en contacto con los sistemas de protección el 9 de marzo de este año y el otro, el 2 de abril, también de este año. El educador que ha formalizado la queja asegura que en esta misma situación pueden encontrarse más adolescentes.

sábado, octubre 4

El Defensor del Pueblo investigará la saturación del Materno-Infantil


La oficina del Defensor del Pueblo investigará la saturación de la Unidad de Primera Acogida del Materno-Infantil, en Oviedo. Según pudo saber EL COMERCIO, en su reciente visita a la región, un colectivo de infancia hizo llegar a Enrique Múgica las quejas por saturación del centro (hay 22 usuarios para 16 plazas), así como el hecho de que haya tres menores sin escolarizar y que un menor lleve en la citada unidad, que tiene un plazo máximo de estancia 45 días, un total de 17 meses.
Desde la oficina se aseguró que la queja será estudiada, además de confirmar que es un problema que se está produciendo en muchas comunidades autónomas debido a la constante llegada de menores inmigrantes que viajan sin sus padres.

El Fundoma, sin unidad

El Defensor del Pueblo no es la primera institución que recibe las quejas sobre la unidad del Materno, sino que la propia Procuradora General de Asturias tiene ya en su poder un expediente similar. La directora general de Mayores, Infancia y Familias, Eva Sánchez, reconoció ayer que «tenemos a 22 menores», pero insistió, como ya había dicho hasta el momento, «que es una situación que intentamos solucionar y a la que estamos buscando salidas».

Sin embargo, no será la unidad abierta en el Fundoma, con capacidad para seis personas, la respuesta a la saturación del Materno, puesto que dicho área ya no estará en funcionamiento el próximo lunes, día 6 de octubre. Sánchez confirmó a este periódico que «el proyecto educativo con los menores que utilizaban esa unidad ya ha concluido», y que el Principado estudia «en estos momentos otros proyectos para ellos», que no tienen «por qué desarrollarse en el Fundoma». De hecho, parece que los actuales usuarios de esas plazas serán recolocados en otros grupos por la Fundación Hogar de San José, de Gijón.

Fuente: El Comercio/Chelo T.

viernes, octubre 3

Informe: Menores Inmig. Solos

Informe del Sindic de Greues de febrero de 2006:

INTRODUCIÓN

Los fenómenos migratorios de los adolescentes y los jóvenes no pueden ser considerados sin tener en cuenta el conjunto de movimientos de población, por razones económicas, que afectan a Europa y al resto de países desarrollados. Éstos, además, tienen las raíces en situaciones de pobreza y graves desigualdades económicas, y en necesidades productivas y de desarrollo de nuestras sociedades. No se trata, pues, de un fenómeno simple y puntual, ni de una realidad que pueda
desaparecer a corto plazo.

En el caso de las personas menores de edad, chicos y chicas que aquí son adolescentes, se añaden otras variables entre las que cabe destacar un gran desequilibrio demográfico. Mientras que, en este país, la tasa de natalidad es, desde hace tiempo, extraordinariamente baja, en los países extracomunitarios más próximos es muy alta. Todo eso, en un mundo globalizado, de televisión e Internet, en que los estilos de vida son difundidos, admirados, rechazados y copiados en cualquier lugar del planeta. Lo que ahora se vive es, en gran medida, el movimiento de los chicos que, al acabar su difícil niñez, buscan un proyecto de futuro, imposible para la mayoría si se quedan en su país. Para los de la ribera próxima del mediterráneo, los adolescentes magrebíes de los que habla esta propuesta, además, la convicción, de que la forma de vida positiva y exitosa es próxima, es posible.

Esta institución abrió una nueva actuación de oficio, hace ahora un año, para hacer un seguimiento de los adolescentes, menores de edad, que hacían solos un proceso migratorio y acababan en los pueblos y las ciudades de Cataluña, y, normalmente, entraban en relación con el sistema de protección de menores. Entre diferentes las razones que justificaban esta actuación había:
los supuestos cambios en el número y sus características,
• el desbordamiento de los sistemas de atención,
• la inadecuación en el diseño y la organización de los recursos
• las denuncias de posibles vulneraciones de derechos, por acción u omisión, de las diferentes administraciones responsables.

A lo largo de todo el año, algunos profesionales y entidades cívicas se han dirigido al Síndic, han solicitado que se interviniese en este asunto y han expresado preocupaciones similares.
Durante estos meses se han visitado los centros -de día, de noche, residenciales- en los que los adolescentes son acogidos y se han mantenido reuniones de trabajo con los diferentes equipos educativos.
Igualmente, se ha reflexionado y debatido sobre esta realidad con diferentes profesionales implicados desde hace tiempo en la atención de estos adolescentes,y se ha recogido lo que ellos consideraban buenas formas de actuar, criterios respetuosos hacia sus derechos y experiencias exitosas.
También se han pedido diversas informaciones a la Dirección General de Atención a la Infancia y Adolescencia (en lo sucesivo DGAIA) y se han mantenido reuniones de trabajo con algunos de sus profesionales y responsables, que han comunicado al Síndic las orientaciones, las dificultades y los éxitos de su actuación institucional.

En este periodo, han visto la luz diferentes trabajos sobre la realidad de estos menores, especialmente relacionados con su paso por Cataluña, que permiten
contextualizar el análisis y las sugerencias que presenta este informe. Ya se dispone de informaciones, valoraciones y propuestas que tienen que ver con adolescentes que están o han estado en Cataluña, y con la atención que han recibido.

Defensores de otras comunidades autónomas se han ocupado, recientemente, del tema y se ha podido intercambiar criterios, en la medida en que las realidades eran próximas. Especialmente se ha participado con el Ararteko de Euskadi en eldebate de las propuestas que hace al parlamento de su comunidad (“Situación de los menores extranjeros en la CAPV”), entre otras razones porque buena parte de los menores que son atendidos por las diputaciones forales habían sido atendidos en Cataluña.

Ésta es una realidad dinámica y compleja. Es un tema que no se puede dar por cerrado. Este informe quiere contribuir, desde esta perspectiva,a mejorar las formas de trabajo de las administraciones.

ÍNDICE GENERAL

INTRODUCCIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21
PRINCIPALES CONSIDERACIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23
1. SOBRE LAS CARACTERÍSTICAS Y CAMBIOS DEL FENÓMENO . . . . . . . . . . . . 23
1.1. Complejidad del fenómeno y de las respuestas de las administraciones . 23
1.2. Las estadísticas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24
1.3. Algunas características que es preciso tener en cuenta . . . . . . . . 25
2. MIGRACIONES Y DERECHOS DE LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA . . . . . . . . . . 26
3. LA RESPUESTA PROTECTORA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27
3.1. La tutela y las situaciones de desprotección. . . . . . . . . . . . . . 27
3.2. Del centro de día al centro de noche . . . . . . . . . . . . . . . . . 28
3.3. ¿Una o dos redes de protección?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29
3.4. ¿Después de los dieciocho qué? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30
3.5. La relación con el sistema de justicia juvenil . . . . . . . . . . . 30
3.6. Sentido y viabilidad del retorno. El arraigo con vínculos . . . . . . . 30
3.7. Sobre la asistencia jurídica . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . 31
3.8. El Plan de ciudadanía e inmigración. 2005-2008. . . . . . . . . . . . 31

RECOMENDACIONES PRINCIPALES. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33

Propuestas de los Defensores del Pueblo


En atención a cuanto se ha expuesto, los Defensores y las Defensoras del Pueblo entienden que, en materia de desprotección social, los poderes públicos han de asumir un especial protagonismo y responsabilidad, mediante:

1.- La aprobación, en el respectivo ámbito competencial autonómico, de una carta de derechos sociales en el que se determinen las prestaciones y servicios a garantizar a todas las personas, complementado con la adopción de medidas eficaces que aseguren entre otras:

- la concesión de unos ingresos básicos que permitan cubrir las necesidades de subsistencia y garanticen unas condiciones de vida dignas.
- el ejercicio real y efectivo del derecho a disfrutar de un alojamiento digno a aquellas personas que carecen de medios para procurarse el mismo.

2.- El diseño y ejecución con carácter trasversal de las políticas públicas que inciden en la eliminación de las situaciones de desprotección social o minoran los riesgos de padecerla, demandándose la efectiva configuración del “espacio sociosanitario” y articulando:

- iniciativas normativas configuradas con carácter interdepartamental y
multidisciplinar.
- estructuras orgánicas cuya naturaleza, régimen de funcionamiento y
desenvolvimiento práctico les confiera el carácter de efectivos instrumentos
de coordinación con representación y corresponsabilidad de los distintos
sectores implicados.
- instrumentos funcionales que desarrollen un trabajo interdisciplinar
orientado a la valoración conjunta de las necesidades y al diseño de
respuestas, especialmente sociosanitarias, bien articuladas.

3.- La asunción de una efectiva corresponsabilidad por parte de todas las Administraciones Públicas competentes en la implantación y desarrollo del sistema creado por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, a fin de garantizar el cumplimiento del principio constitucional de igualdad en el disfrute del derecho a las prestaciones básicas que conforman el nivel mínimo del Sistema de Dependencia, instando para ello a la adopción en el seno del Consejo Territorial de los acuerdos necesarios en aquellas materias que, por imperativo legal, determinan la propia configuración del derecho subjetivo creado.

Asimismo, y sin perjuicio de la evidente complejidad que conlleva la implantación y
desarrollo inicial del recientemente creado Sistema de Dependencia, conscientes de
la trascendencia social que supone la creación del nuevo derecho subjetivo, cabe
demandar de las Administraciones Públicas competentes que extremen el rigor en la
adopción de todas aquellas medidas normativas, organizativas y funcionales que,
aun eventualmente dotadas de carácter temporal o coyuntural para asumir la
gestión inicial del sistema, puedan sin embargo comprometer o distorsionar su
futura e imprescindible consolidación.

Cabe exigir, pues, una continúa autoevaluación en el desarrollo del Sistema de
Dependencia y en la calidad de los servicios que lo integran, corrigiendo y
reorientado la gestión en aquellos supuestos en los que se detecten disfunciones,
tales como pueden ser los detectados en los momentos iniciales y que
fundamentalmente se concretan en:

- la necesidad de potenciar y mejorar la calidad de la información y orientación que se suministra, especialmente en relación con el acceso al sistema en donde cabe exigir una coordinación efectiva de los mecanismos que orientan dicho acceso.
- la necesidad de acometer una mejora en los tiempos de respuesta entre la solicitud y la materialización del servicio o prestación, debiendo asimismo, subsanarse la general ausencia normativa de una previsión instrumental que posibilite la adopción temporal de respuestas en caso de situaciones de acreditada emergencia.
- la necesidad de incorporar medidas que prevean la evolución y tendencia de
la situación de dependencia personal inicialmente valorada y apreciada,
arbitrando instrumentos que garanticen una gestión unitaria del expediente
personal y de su seguimiento evolutivo.

4.- En relación con la protección social de las personas que, como consecuencia de enfermedades mentales asociadas o no a trastornos psiquiátricos, tienen limitada su capacidad autogobierno, y por tanto minorado el ejercicio de los derechos sociales, cabe interesar de los poderes públicos competentes una especial protección que se concreta en las siguientes demandas:

- la adopción de medidas directamente dirigidas a conformar una conciencia social que excluya la estigmatización, discriminación y marginación de estas personas como instrumento imprescindible para preservar su dignidad.
- la prestación de una efectiva y coordinada asistencia sociosanitaria que procure una prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, atención y seguimiento integrales, y que garantice, en definitiva, su derecho a la protección de la salud como condición necesaria para asegurar el disfrute del resto de derechos sociales.
- la dotación de recursos materiales y personales, clínicamente idóneos a las
diferentes patologías, adaptados a las necesidades y a la evolución del
paciente.
- el establecimiento de medidas tendentes a favorecer la accesibilidad en la
asistencia, mediante una actividad asistencial proactiva, tendente a la detección de la necesidad, a un diagnóstico preciso y temprano de la enfermedad, promoviendo en todo caso la accesibilidad al sistema, con formulas de intervención próximas, domiciliarias, flexibles y continuadas.
- el establecimiento de fórmulas organizativas orientadas a mejorar la
continuidad de la asistencia (tratamiento, rehabilitación, cuidados, apoyo)
que, en todo caso ha de tener carácter multidisciplinar y garantizar la
implantación de procedimientos de seguimiento tendentes a evitar
abandonos de tratamiento y a propiciar una normalidad convivencial.
- la realización de un estudio comparado en orden a promover una reflexión
sobre la posibilidad jurídica y la viabilidad científica de dar cobertura legal expresa a la obligatoriedad de los tratamientos y recursos sanitarios como instrumento de protección distinto y alternativo a la incapacitación y al internamiento.
- la adopción de cuantas medidas resulten necesarias en orden a garantizar la
fiscalización por las Administraciones Publicas de las estructuras administrativas o institucionales que asumen el ejercicio tutelar de las personas con incapacitación en situación de desprotección, así como la suficiencia financiera y la dotación de recursos y medios personales suficientes, dotados de la especialización necesaria para el correcto ejercicio de dichas funciones.

5.- El análisis de la normativa actual a fin de examinar su adecuación a la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su Protocolo Facultativo, promoviendo, en su caso, las modificaciones normativas que resulten precisas para la garantía de su ejercicio.

La Procuradora exige a Asturias que mejore la atencion a los menores



Asturias carece de un modelo concreto de atención a los menores no acompañados que residen en centros de acogida. Así de claro lo dice María Antonia Fernández Felgueroso, Procuradora General de Asturias, en su informe sobre la situación de este colectivo presentado ayer en la Junta General del Principado.

El avance de la investigación recomienda a la Consejería de Bienestar Social que acometa una serie de medidas para mejorar la situación de los menores alojados. Reclama primero que establezca un análisis de situación, de las demandas y de las previsiones del fenómeno. Solicita también un estudio de los recursos y medios disponibles y, en su caso, de los que serían necesarios.

El informe de la procuradora insta también a la Administración del Principado a articular los mecanismos de coordinación entre Bienestar Social, Educación y Salud para lograr una atención integral de los menores. Lo que siguen son las principales recomendaciones de la procuradora.

ACCION PROTECTORA

Reducir las demoras en las distintas fases.

La procuradora recomienda específicamente agilizar las distintas fases del proceso de protección de estos menores. Así, reclama a la Administración que facilite la atención inmediata, acogimiento incluido, de estos adolescentes aunque se tengan dudas sobre su minoría de edad.

Solicita también que se cumpla la limitación temporal de 45 días que fija la ley para la estancia de los menores en la unidad de primera acogida.

El trabajo conocido ayer insta a la Administración a asumir la tutela del menores de forma inmediata para evitar que, durante la fase de estudio sobre las circunstancias del afectado, el adolescente quede privado o aminorado en sus derechos.

Las posibles repatriaciones, la procuradora es clara y afirma que la oportunidad de retorno sólo deberá ser apreciada cuando existan garantías en el interés superior del menor.

Asimismo, el informe solicita a la Administración que documente al menor y tramite su residencia con la mayor agilidad posible y sin esperar a los nueve meses previstos en la ley.

Sería aconsejable, dice el informe, la elaboración y entrega a los menores de un documento provisional que les permita realizar las gestiones de la vida diaria. Fernández Felgueroso solicita también, que culminada la estancia del menor en la unidad de primera acogida, la Administración, previa audiencia con el afectado, dicte una resolución expresa y motivada sobre la mejor medida de protección aplicable.

Preparar a los menores para su inserción laboral

Por ello resulta imprescindible, según la procuradora, la adopción de programas específicos de inmersión lingüística.

Fernández Felgueroso recomienda acompañar la inmersión lingüísticas de acciones formativas que preparan a los menores para el empleo.

La Administración debe garantizar también que los menores sean informados plenamente y en un idioma, que entiendan las pruebas y revisiones médicas que se les practiquen y los posibles tratamientos.

El informe de la oficina de la procuradora subraya que el consumo de sustancias tóxicas es residual y solicita una mayor atención por parte del sistema sanitario para esta problemática.

Informe

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