miércoles, septiembre 9

La ONU exige que España no realice controles policiales discriminatorios

  • Naciones Unidas define como violación de los derechos humanos que la policía pida la documentación según el color de piel de las personas
  • "Es una práctica discriminatoria, podría propagar actitudes xenófobas e incumple los tratados internacionales"
Control policial (Foto: Olmo Rotos / Flickr)

Control policial (Foto: Olmo Rotos / Flickr)

No tener 'pinta de español' no puede hacerte sospechoso de ninguna ilegalidad. El Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha advertido a España de que las actuaciones policiales basadas en el color de piel de las personas "son discriminatorias", son "contradictorias con una política efectiva de lucha contra la discriminación racial", "podrían propagar actitudes xenófobas entre la población" e incumplen los acuerdos internacionales sobre derechos civiles que España se ha comprometido a cumplir (ver documento en PDF).

La mecha de este histórico pronunciamiento la encendió hace 17 años Rosalind Williams, una ciudadana española de raza negra a la que la policía solicitó la documentación sospechando que se trataba de una inmigrante ilegal. Williams, que contó con la representación legal de Diego López Garrido – hoy Secretario de Estado del Gobierno para la Unión Europea – denunció que los agentes le pidieron el DNI a ella y no a su marido (blanco) o a cualquiera de las decenas de personas que, como ella, estaban en la estación de tren de Valladolid. La reivindicación cayó en el saco roto de la justicia y la administración: ni los juzgados provinciales, ni el Ministerio del Interior, ni la Audiencia Nacional, ni el Tribunal Constitucional consideraron que se hubiera vulnerado ningún derecho al solicitar a Williams los papeles por ser negra. La sentencia del Constitucional merece, por paradigmática y por contundente, una lectura:

"La actuación policial usó el criterio racial como meramente indicativo de una mayor probabilidad de que la interesada no fuera española. Ninguna de las circunstancias acaecidas en dicha intervención indica que el comportamiento del funcionario de la Policía Nacional actuante fuese guiado por un prejuicio racista o por una especial prevención contra los integrantes de un determinado grupo étnico (… )"

El argumento estadístico de los jueces – la probabilidad de ser 'ilegal' según la raza -  fue compartido por el  Gobierno. "Parece inevitable admitir que los controles policiales [para controlar la inmigración ilegal](…) pueden tomar en consideración determinadas características físicas o étnicas como razonablemente indiciarias del origen no nacional de la persona", dijo el ejecutivo español en 2007 ante el Comité de Derechos Humanos. Una lógica que no ha convencido al organismo iternacional, que exige a España que se disculpe oficial y públicamente ante Williams y que tome medidas para que no ocurra más.

El caso Williams como precedente

Rosalind vive en Madrid, estos días atiende entrevistas y repasa documentos. "Estoy contenta, muy ocupada". Pero su caso, además de una historia personal, una carrera de fondo salplicada con problemas psicológicos y económicos, puede marcar a millones de personas más en España. El pronunciamiento de Naciones Unidas se refiere a su caso en particular pero incuye instrucciones aplicables a otras situaciones y que son así de tajantes: "España tiene la obligación de tomar todas las medidas necesarias para evitar que sus funcionarios no incurran en actos como los del presente caso".

"Los controles de inmigración en España no han cambiado mucho en estos 17 años por lo cual esta decisión es de inmensa importancia hoy en día", nos cuenta Viviana Waisman, de Women's Link Worldwide, la ONG que ha representado legalmente a Williams ante el Comité. "En una sociedad multiétnica no sirven esos estereotipos y prejuicios. ¿Cuál es el look español o europeo? El color de la piel no puede definir ni la nacionalidad ni la situación administrativa de una persona", dice Waisman.

Durante todo el proceso legal, España ha argumentado, respaldada por el Tribunal Constitucional en 2007, que "no existe una orden o instrucción específica de identificar a los individuos de una determinada raza". Sin embargo, tal y como hemos contado en P+DH, se han documentado varios casos recientes de redadas policiales en busca de extranjeros que pudieran ser inmigrantes sin permiso de residencia. Ocurrió mientras se repartía comida en una asociación de Madrid o en la hora del almuerzo en un comedor social de Tenerife. El objetivo de las redadas era, en algunos casos, llegar a un cupo de extranjeros detenidos por cada comisaría.

Circular de una comisaría madrileña sobre los cupos de extranjeros

Circular de una comisaría madrileña sobre los cupos de extranjeros, emitida a principios de 2009

"Es un hecho generalizado. Si hay 40 personas en un sitio, le piden la documentación solo a una, a la que tiene un color de piel diferente", explica como quien describe algo rutinario Antonio Díez, premio 2008 al Voluntariado y presidente de la asociación Karibú. Vivana Waisman pone otro ejemplo que han tenido que llevar hasta Constitucional después de agotar todos los pasos previos: "el caso de Beauty Solomon, una chica nigeriana a la que dos policías nacionales le pidieron la documentación en una zona de prostitución de Palma de Mallorca. Le pidieron los papeles a ella y no al resto de chicas de aspecto europeo, y después le gritaron '¡puta, negra, fuera de aqui!'".

"Los estados tienen un interés legítimo en controlar la inmigración ilegal", pero habrá que buscar la manera de que "ese control siempre respete los derechos humanos", concluye la directora de Women's Link Worldwide. Para casos en los que no sea así, la organización de apoyo Ferrocarril ha elaborado una guía de actuación para documentar y denunciar controles injustos.

Y si no, ¿qué?

¿Puede tener este dictámen alguna consecuencia real en la vida de los millones de personas que viven en España y cuyo color de piel no es el blanco? Depende de lo que a España le importe que la ONU le siga poniendo en evidencia porque, de hecho, es lo único que puede hacer. "Sanciones morales", lo llaman en Ginebra.

El Gobierno tiene 180 días para dar explicaciones a Naciones Unidas sobre el caso Williams y será interesante comprobar si rectifica en algo su política. España es firmante del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y por tanto tiene la obligación de cumplirlo. Sin embargo, no hay mecanismos de castigo más allá de la reprimenda. Si el Gobierno no toma las medidas que se les exige, el efecto boomerang puede acabar volviendo este dictámen en contra de Naciones Unidas en forma de desprecio internacional hacia su propia esencia y autoridad.

http://www.pmasdh.com/2009/09/la-onu-exige-que-espana-no-realice-controles-policiales-discriminatorios/

No hay comentarios:

La Procuradora exige a Asturias que mejore la atencion a los menores



Asturias carece de un modelo concreto de atención a los menores no acompañados que residen en centros de acogida. Así de claro lo dice María Antonia Fernández Felgueroso, Procuradora General de Asturias, en su informe sobre la situación de este colectivo presentado ayer en la Junta General del Principado.

El avance de la investigación recomienda a la Consejería de Bienestar Social que acometa una serie de medidas para mejorar la situación de los menores alojados. Reclama primero que establezca un análisis de situación, de las demandas y de las previsiones del fenómeno. Solicita también un estudio de los recursos y medios disponibles y, en su caso, de los que serían necesarios.

El informe de la procuradora insta también a la Administración del Principado a articular los mecanismos de coordinación entre Bienestar Social, Educación y Salud para lograr una atención integral de los menores. Lo que siguen son las principales recomendaciones de la procuradora.

ACCION PROTECTORA

Reducir las demoras en las distintas fases.

La procuradora recomienda específicamente agilizar las distintas fases del proceso de protección de estos menores. Así, reclama a la Administración que facilite la atención inmediata, acogimiento incluido, de estos adolescentes aunque se tengan dudas sobre su minoría de edad.

Solicita también que se cumpla la limitación temporal de 45 días que fija la ley para la estancia de los menores en la unidad de primera acogida.

El trabajo conocido ayer insta a la Administración a asumir la tutela del menores de forma inmediata para evitar que, durante la fase de estudio sobre las circunstancias del afectado, el adolescente quede privado o aminorado en sus derechos.

Las posibles repatriaciones, la procuradora es clara y afirma que la oportunidad de retorno sólo deberá ser apreciada cuando existan garantías en el interés superior del menor.

Asimismo, el informe solicita a la Administración que documente al menor y tramite su residencia con la mayor agilidad posible y sin esperar a los nueve meses previstos en la ley.

Sería aconsejable, dice el informe, la elaboración y entrega a los menores de un documento provisional que les permita realizar las gestiones de la vida diaria. Fernández Felgueroso solicita también, que culminada la estancia del menor en la unidad de primera acogida, la Administración, previa audiencia con el afectado, dicte una resolución expresa y motivada sobre la mejor medida de protección aplicable.

Preparar a los menores para su inserción laboral

Por ello resulta imprescindible, según la procuradora, la adopción de programas específicos de inmersión lingüística.

Fernández Felgueroso recomienda acompañar la inmersión lingüísticas de acciones formativas que preparan a los menores para el empleo.

La Administración debe garantizar también que los menores sean informados plenamente y en un idioma, que entiendan las pruebas y revisiones médicas que se les practiquen y los posibles tratamientos.

El informe de la oficina de la procuradora subraya que el consumo de sustancias tóxicas es residual y solicita una mayor atención por parte del sistema sanitario para esta problemática.

Informe

Copyleft


"Todo regalo verdadero es recíproco. El que da no se priva de lo que da. Dar y recibir son lo mismo" (Borges)

Creative Commons License

Salvo indicación expresa, todos los contenidos de esta página están sindicados bajo una licencia Creative Commons. Puedes usarlos y modificarlos, siempre que no se haga con fines comerciales y se cite al autor.