viernes, septiembre 19

No a los indultos para torturadores (Vigo)


AMNISTÍA INTERNACIONAL DECLARACIÓN PÚBLICA

(http://www.amnesty.org/es/report/info/EUR41/003/2008
España: No a los indultos para torturadores)

El Tribunal Supremo confirma el indulto de cuatro policías declarados culpables de detención ilegal y malos tratos

Londres.- Amnistía Internacional expresa honda preocupación ante el indulto parcial de cuatro policías locales declarados culpables de la detención ilegal y malos tratos a Mamadou Kane, concedido por el Consejo de Ministros en el 2005 y confirmado por el Tribunal Supremo el 18 de enero de 2008, al desestimar el recurso presentado contra su concesión. Los cuatro agentes de la policía local de Vigo (Galicia) habían sido suspendidos de sus funciones por un periodo de entre ocho y diez años, y condenados a penas de entre tres y cuatro años de prisión por golpear, insultar y detener ilegalmente en marzo de 1997 a Mamadou Kane, residente en España de origen senegalés. Como consecuencia del indulto, los cuatro policías se reincorporaron a sus puestos en enero de 2006 y nunca han cumplido las penas de cárcel.


Amnistía Internacional ha expresado en numerosas ocasiones su preocupación por las torturas y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes (malos tratos) que cometen agentes encargados de hacer cumplir la ley en España, así como ante el hecho de que no se ponga fin a la impunidad efectiva de los responsables. Al no garantizar la prevención y la investigación exhaustiva de los actos de tortura y el castigo adecuado de sus perpetradores, las autoridades españolas vulneran el derecho internacional de derechos humanos.


Amnistía Internacional no es la única organización a la que le preocupan estos hechos. En 1996, el Comité de Derechos Humanos de la ONU, en sus Observaciones Finales sobre el informe presentado por España, observó con inquietud que “las autoridades públicas no siempre realizan investigaciones sistemáticamente y que, cuando los miembros de esas fuerzas son declarados culpables de tales actos y condenados a penas de privación de libertad, a menudo reciben indultos, son excarcelados pronto o simplemente no cumplen la condena”. Esta práctica ha sido criticada también por el Comité contra la Tortura de la ONU en su decisión del 2005 sobre el caso de Kepa Urra Guridi, en la que declaró que la reducción de las penas y la concesión de indultos a tres miembros de la Guardia Civil declarados culpables de torturas violaba el artículo 4 de la Convención contra la Tortura (que obliga a las autoridades a garantizar que los actos de tortura son castigados con penas adecuadas que tengan en cuenta la gravedad del delito).


En el informe de Amnistía Internacional titulado España: Sal en la herida. La impunidad efectiva de agentes de policía en casos de tortura y otros malos tratos (Índice AI: EUR 41/006/007), publicado en noviembre de 2007, se afirma que la concesión de indultos a funcionarios encargados de hacer cumplir la ley declarados culpables de malos tratos contribuye, entre otros factores, a la impunidad efectiva de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley responsables de violaciones de derechos humanos. Por su parte, el informe de Amnistía Internacional de 2004 titulado España: Acabar con la doble injusticia. Víctimas de tortura y malos tratos sin reparación (disponible sólo en español) contiene más ejemplos de casos en los que el gobierno concedió el indulto a agentes de policía declarados culpables de malos tratos, incluidos casos en los que dicho indulto fue concedido en contra de la recomendación del tribunal que impuso la condena.

Amnistía Internacional considera profundamente preocupante que la medida adoptada por el Consejo de Ministros ilustra el hecho de que el gobierno no transmite un mensaje claro a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, y a la opinión pública en general, de que los malos tratos a detenidos están absolutamente prohibidos y serán objeto de investigaciones y de sanciones penales y disciplinarias.

Amnistía Internacional pide a las autoridades españolas que adopten las medidas oportunas, en cumplimiento de las normas legales internacionales, para garantizar que las personas responsables de actos de tortura y otros malos tratos son enjuiciadas y sancionadas adecuadamente en todos los casos.

Información general

El 16 de marzo de 1997, cuatro policías locales detuvieron en Vigo (Galicia) a Mamadou Kane, vendedor ambulante de origen senegalés. Mamadou Kane declaró que en lugar de llevarlo a la comisaría de policía para comprobar su identidad, lo condujeron a una zona cerca del campus universitario de Marcosende, donde, según dice, le dieron una paliza, profirieron insultos racistas contra él, le amenazaron de muerte y le dijeron que iban a expulsarlo de España si insistía en presentar una denuncia contra la policía.

El 19 de abril de 1999, la Audiencia Provincial de Pontevedra condenó a los cuatro policías locales a penas de privación de libertad por detención ilegal y a dos de ellos también por malos tratos, aunque declaró que no había pruebas suficientes de que los agentes hubieran proferido insultos racistas contra Mamadou Kane. Uno de los policías fue condenado a cuatro años de prisión, y los otros tres a sendas penas de tres años. También fueron condenados a penas de entre ocho y 10 años de inhabilitación absoluta para ocupar cargos públicos y a abonar una indemnización a Mamadou Kane. Sin embargo, en el 2005, el Consejo de Ministros indultó a los cuatro policías condenados.

FUENTE: AMNISTIA INTERNACIONAL

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La Procuradora exige a Asturias que mejore la atencion a los menores



Asturias carece de un modelo concreto de atención a los menores no acompañados que residen en centros de acogida. Así de claro lo dice María Antonia Fernández Felgueroso, Procuradora General de Asturias, en su informe sobre la situación de este colectivo presentado ayer en la Junta General del Principado.

El avance de la investigación recomienda a la Consejería de Bienestar Social que acometa una serie de medidas para mejorar la situación de los menores alojados. Reclama primero que establezca un análisis de situación, de las demandas y de las previsiones del fenómeno. Solicita también un estudio de los recursos y medios disponibles y, en su caso, de los que serían necesarios.

El informe de la procuradora insta también a la Administración del Principado a articular los mecanismos de coordinación entre Bienestar Social, Educación y Salud para lograr una atención integral de los menores. Lo que siguen son las principales recomendaciones de la procuradora.

ACCION PROTECTORA

Reducir las demoras en las distintas fases.

La procuradora recomienda específicamente agilizar las distintas fases del proceso de protección de estos menores. Así, reclama a la Administración que facilite la atención inmediata, acogimiento incluido, de estos adolescentes aunque se tengan dudas sobre su minoría de edad.

Solicita también que se cumpla la limitación temporal de 45 días que fija la ley para la estancia de los menores en la unidad de primera acogida.

El trabajo conocido ayer insta a la Administración a asumir la tutela del menores de forma inmediata para evitar que, durante la fase de estudio sobre las circunstancias del afectado, el adolescente quede privado o aminorado en sus derechos.

Las posibles repatriaciones, la procuradora es clara y afirma que la oportunidad de retorno sólo deberá ser apreciada cuando existan garantías en el interés superior del menor.

Asimismo, el informe solicita a la Administración que documente al menor y tramite su residencia con la mayor agilidad posible y sin esperar a los nueve meses previstos en la ley.

Sería aconsejable, dice el informe, la elaboración y entrega a los menores de un documento provisional que les permita realizar las gestiones de la vida diaria. Fernández Felgueroso solicita también, que culminada la estancia del menor en la unidad de primera acogida, la Administración, previa audiencia con el afectado, dicte una resolución expresa y motivada sobre la mejor medida de protección aplicable.

Preparar a los menores para su inserción laboral

Por ello resulta imprescindible, según la procuradora, la adopción de programas específicos de inmersión lingüística.

Fernández Felgueroso recomienda acompañar la inmersión lingüísticas de acciones formativas que preparan a los menores para el empleo.

La Administración debe garantizar también que los menores sean informados plenamente y en un idioma, que entiendan las pruebas y revisiones médicas que se les practiquen y los posibles tratamientos.

El informe de la oficina de la procuradora subraya que el consumo de sustancias tóxicas es residual y solicita una mayor atención por parte del sistema sanitario para esta problemática.

Informe

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