La proposición de ley plantea, de esta forma, la modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General que a día de hoy sólo permite votar a los extranjeros en las elecciones municipales, no en generales, siempre que, en reciprocidad, haya algún tratado que permita el voto de los ciudadanos españoles en el otro país, especialmente en el caso de los potenciales votantes pertenecientes a Estados de la Unión Europea y de algunos países iberoamericanos. En los comicios europeos sólo pueden votar los ciudadanos de la UE residentes en España.
La propuesta, que también lleva la firma del diputado de ICV, Joan Herrera, establece también una modificación de esta misma ley orgánica para que puedan ser electores y elegibles en elecciones municipales los extranjeros que acrediten "un año de residencia o disfruten del estatuto de residencia permanente", por un lado, además de que "reúnan los requisitos para ser elegibles exigidos en esta Ley para los españoles y soliciten su inscripción en el censo Electoral".
De esta forma, Izquierda Unida da traslado, con nuevas y ampliadas propuestas, a la resolución aprobada por el Parlamento Europeo del 5-7-01 "sobre la situación de los derechos fundamentales en la UE". En ésta se recomendaba a España, además de a Austria, Bélgica, Alemania, Francia, Grecia, Irlanda, Luxemburgo y Portugal la firma y ratificación del convenio europeo "sobre la participación de los extranjeros en la vida pública local, de forma que amplíen el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales y europeas a todos los ciudadanos de terceros países que residan legalmente en el territorio de la Unión Europea desde hace al menos tres años".
Para IU, "el reconocimiento de los derechos de ciudadanía es un elemento básico en la integración de los inmigrantes, puesto que evita la discriminación entre los que pueden y los que no pueden votar. Al reconocimiento de los derechos laborales y sociales debe sucederle el reconocimiento de los derechos políticos".
"Está claro -añade la exposición de motivos de la proposición de ley- que el hecho de que los inmigrantes no puedan participar en la elección de quienes legislan implica que éstos se interesen en menor cuantía por ello, por lo que se ahonda en la diferenciación y colateralmente en la discriminación. Permitir a los inmigrantes el voto es coherente con la propia democracia que aboga por la igualdad y el respeto a los demás".
El texto señala también que, además de las reformas preceptivas de la Ley Electoral y la de Extranjería, estos cambios implican "una modificación constitucional importante, aunque no por ello imposible, y sí muy lógica". En este sentido, está el precedente de la reforma constitucional cuando se aprobó que los ciudadanos europeos puedan votar en las elecciones al Parlamento Europeo.
"En el momento de la redacción de la Carta Magna, la situación social estaba muy alejada de la actual. En aquellas fechas, los artífices del texto constitucional no podían prever la realidad de principios del siglo XXI, en la que los inmigrantes se han convertido en parte inseparable de nuestra sociedad y, en mayor medida, los procedentes de países extracomunitarios", se especifica.
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