viernes, diciembre 3

COFPA exige al Sr. Areces el cese de la Consejera Migoya y del Director General de la Función Pública Xunta Directiva del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies

COFPA exige al Sr. Areces el cese de la Consejera Migoya y del Director General de la Función Pública
Xunta Directiva del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies   
Asturbulla, 03-12-2010
 
No hace mucho tiempo COFPA pidió la dimisión de la Sra. Migoya con motivo de la larga lista de sentencies judiciales que anulaban el sistema de nombramiento de funcionarios a dedo y las convocatorias de concursos de méritos.

Hoy sabemos que el Juez titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Oviedo, viendo que desde Función Pública se dejaba pasar el tiempo y no sólo no se hacía caso de sus determinaciones, sino que se actuaba en contra de lo dicho en las sentencias firmes, tuvo que dictar un auto advirtiendo a la Sra. Consejera y al Sr. Director General de la Función Pública que si no daban cumplimiento a las resoluciones judiciales recaídas en el asunto del concurso de Jefes de Negociado:
a) Les impondría una multa de las previstas en el artículo 112.a) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Estas multas van de 150 a 1.500 euros y, lógicamente, deberían pagarlas ellos de su bolsillo y no la Administración con el dinero de todos.
b) Pasaría el asunto a la jurisdicción penal para que ésta les exigiera la responsabilidad que corresponda.

La gravedad de esta situación, el daño que la misma causa a la Administración, el ejemplo que se da a los ciudadanos, que ven que para que se cumpla lo que dicen las sentencias hay que advertir a una Consejera y a un Director General con multas y con el requerimiento de responsabilidades ante un Juez de lo penal por si su desobediencia fuera constitutiva de delito; todas estas circunstancias nos llevan a exigir al Sr. Álvarez Areces que, para el caso de que estas dos personas no dimitan (decisión que, con un mínimo de dignidad, tendrían de adoptar ahora mismo), tome la decisión de destituirlos de sus cargos urgentemente.

Los mandatos de la Constitución de que la Administración Pública debe someterse a las Leyes, cumplir con las sentencias y colaborar con los Jueces y Tribunales, no dejan otra solución.

Uviéu, 1 d'avientu del 2010

La Xunta Directiva del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies

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N'Asturiano

COFPA ESIXE AL SR. ARECES EL CESE DE LA CONSEYERA MIGOYA Y DEL DIREUTOR XENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

Nun va muncho COFPA pidió la dimisión de la Sra. Migoya con motivu de la riestra de sentencies xudiciales que valtiaben los nomamientos de funcionarios a deu y les convocatories de concursos de méritos.

Güei sabemos que'l Xuez titular del Xulgáu de lo Contencioso-Alministrativu númberu 5 d'Uviéu, en viendo que dende Función Pública pasaba'l tiempu y nun sólo nun facíen casu de los sos determines, sinón que s'actuaba escontra de lo dicho nellos, tuvo que dictar un autu alvirtiendo-y a ella y al Sr. Direutor Xeneral de la Función Pública de que si nun daben cumplimientu a les resoluciones xudiciales recayíes na tema del concursu de Xefes de Negociáu:
a) Diba pone-yos una multa de les del artículu 112.a) de la Llei de la Xurisdicción Contencioso-Alministrativa. Estes multes van de 150 a 1.500 euros y, lóxicamente, deberíen pagales ellos del so bolsu y non l'Alministración coles perres de toos.
b) Pasar l'asuntu a la xurisdicción penal pa que-yos esixiesen la responsabilidá penal que correspuenda.

La gravedá d'esta situación, el dañu qu'esto causa a l'Alministración, l'exemplu que se da a los ciudadanos que ven que pa que se cumpla lo que dicen les sentencies hai qu'alvertir a una Conseyera y a un Direutor Xeneral con multes y con tener que retratase delantre d'un Xuez de lo penal por si la so desobediencia fuera un delitu; toes estes circunstancies llevénnos a esixir al Sr. Álvarez Areces que, pal casu de qu'estes dos persones nun dimitan (cosa que con un mínimu de dignidá tendríen de facer agora mesmo) tome'l determín de facelos cayer de los sos cargos urxentemente.

Los mandaos de la Constitución de qu'hai que sometese a les Lleis, cumplir coles sentencies y collaborar colos Xueces y Tribunales nun dexen otra solución.

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La Procuradora exige a Asturias que mejore la atencion a los menores



Asturias carece de un modelo concreto de atención a los menores no acompañados que residen en centros de acogida. Así de claro lo dice María Antonia Fernández Felgueroso, Procuradora General de Asturias, en su informe sobre la situación de este colectivo presentado ayer en la Junta General del Principado.

El avance de la investigación recomienda a la Consejería de Bienestar Social que acometa una serie de medidas para mejorar la situación de los menores alojados. Reclama primero que establezca un análisis de situación, de las demandas y de las previsiones del fenómeno. Solicita también un estudio de los recursos y medios disponibles y, en su caso, de los que serían necesarios.

El informe de la procuradora insta también a la Administración del Principado a articular los mecanismos de coordinación entre Bienestar Social, Educación y Salud para lograr una atención integral de los menores. Lo que siguen son las principales recomendaciones de la procuradora.

ACCION PROTECTORA

Reducir las demoras en las distintas fases.

La procuradora recomienda específicamente agilizar las distintas fases del proceso de protección de estos menores. Así, reclama a la Administración que facilite la atención inmediata, acogimiento incluido, de estos adolescentes aunque se tengan dudas sobre su minoría de edad.

Solicita también que se cumpla la limitación temporal de 45 días que fija la ley para la estancia de los menores en la unidad de primera acogida.

El trabajo conocido ayer insta a la Administración a asumir la tutela del menores de forma inmediata para evitar que, durante la fase de estudio sobre las circunstancias del afectado, el adolescente quede privado o aminorado en sus derechos.

Las posibles repatriaciones, la procuradora es clara y afirma que la oportunidad de retorno sólo deberá ser apreciada cuando existan garantías en el interés superior del menor.

Asimismo, el informe solicita a la Administración que documente al menor y tramite su residencia con la mayor agilidad posible y sin esperar a los nueve meses previstos en la ley.

Sería aconsejable, dice el informe, la elaboración y entrega a los menores de un documento provisional que les permita realizar las gestiones de la vida diaria. Fernández Felgueroso solicita también, que culminada la estancia del menor en la unidad de primera acogida, la Administración, previa audiencia con el afectado, dicte una resolución expresa y motivada sobre la mejor medida de protección aplicable.

Preparar a los menores para su inserción laboral

Por ello resulta imprescindible, según la procuradora, la adopción de programas específicos de inmersión lingüística.

Fernández Felgueroso recomienda acompañar la inmersión lingüísticas de acciones formativas que preparan a los menores para el empleo.

La Administración debe garantizar también que los menores sean informados plenamente y en un idioma, que entiendan las pruebas y revisiones médicas que se les practiquen y los posibles tratamientos.

El informe de la oficina de la procuradora subraya que el consumo de sustancias tóxicas es residual y solicita una mayor atención por parte del sistema sanitario para esta problemática.

Informe

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