martes, febrero 17

uno por otro y la casa sin barrer


Una de las primeras medidas que anuncio que iba a tomar el Sr. Obama es que el penal – prision – campo de concentración de Guantanamo seria desmantelado.

Pocos dias mas tarde el Sr. Mugica, defensor del Pueblo en España denunciaba la existencia de centros de menores donde se inflingian malos tratos fisicos, se administraban medicaciones sin supervisión medica y otras lindezas en beneficio del menor y a gloria de esta sociedad.

Dice el refran que en “todos los lados cuecen fabes”.

De momento ningun Señor en España,con responsabilidades poderosas, salio para tranquilizar las conciencias y anuncio que los guantanamos para menores en España se iban a cerrar.

Los hechos estan ahí y seria dificil poner en duda el trabajo realizado por el gabinete del Sr. Defensor del Pueblo, luego hay que concluir que es cierto que se maltrata, un hecho fehaciente, pero el maltrato es tambien por omision.

La responsabilidad de los menores suele establecerse en torno a los catorce años y aun asi deben ser objeto de protección hasta la mayoria de edad, los dieciocho años según la ley.

Proteger según la R.A.E. es: “Resguardar a una persona, animal o cosa de un perjuicio o peligro, poniéndole algo encima, rodeándole, etc.” Mal vamos si los que deben de proteger golpean, pero muy mal y a peor si los responsables de los menores, la Administración Publica y la Fiscalia de Menores lo permiten y toleran.

La Administración Publica a traves de sus Consejerias de Bienestar Social seria la encargada del Sistema de Protección y por tanto de poner los medios para “arropar” a los menores. Si los medios son escasos o inadecuados a las necesidades de los menores, tal parece el caso, la responsable es la Consejeria correspondiente no los menores de por si sin responsabilidad, o muy atenuada. A veces curre la perversión de culpar a los menores y responsabilizarlos de su conducta cuando es la omisión de ayuda y medios adecuados la causante de que sucedan las cosas que denuncia el Sr. Defensor del Pueblo.

La Fiscalia de Menores es la encargada de que efectivamente se cumplan los derechos de los menores y de exigir a la Administración Publica que en primer lugar cumpla la ley, y en segundo lugar que dote de los medios adecuados a las instituciones especificas donde estan “sus menores protegidos.”

Otro refran dice “Uno por otro y la casa sin barrer”. Tal parece que es lo que esta sucediendo en nuestros pequeños y particulares guantanamos que denuncia el Sr. Defensor del Pueblo. Asi estan los Sistemas de Protección “sucios y sin barrer”.

Las responsabilidades no son de los menores, los menores vienen sufriendo las irresponsabilidades de sus protectores y estos si, estos son responsables.

Oviedo 11 de febrero de 2009

J.A.S.F.

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La Procuradora exige a Asturias que mejore la atencion a los menores



Asturias carece de un modelo concreto de atención a los menores no acompañados que residen en centros de acogida. Así de claro lo dice María Antonia Fernández Felgueroso, Procuradora General de Asturias, en su informe sobre la situación de este colectivo presentado ayer en la Junta General del Principado.

El avance de la investigación recomienda a la Consejería de Bienestar Social que acometa una serie de medidas para mejorar la situación de los menores alojados. Reclama primero que establezca un análisis de situación, de las demandas y de las previsiones del fenómeno. Solicita también un estudio de los recursos y medios disponibles y, en su caso, de los que serían necesarios.

El informe de la procuradora insta también a la Administración del Principado a articular los mecanismos de coordinación entre Bienestar Social, Educación y Salud para lograr una atención integral de los menores. Lo que siguen son las principales recomendaciones de la procuradora.

ACCION PROTECTORA

Reducir las demoras en las distintas fases.

La procuradora recomienda específicamente agilizar las distintas fases del proceso de protección de estos menores. Así, reclama a la Administración que facilite la atención inmediata, acogimiento incluido, de estos adolescentes aunque se tengan dudas sobre su minoría de edad.

Solicita también que se cumpla la limitación temporal de 45 días que fija la ley para la estancia de los menores en la unidad de primera acogida.

El trabajo conocido ayer insta a la Administración a asumir la tutela del menores de forma inmediata para evitar que, durante la fase de estudio sobre las circunstancias del afectado, el adolescente quede privado o aminorado en sus derechos.

Las posibles repatriaciones, la procuradora es clara y afirma que la oportunidad de retorno sólo deberá ser apreciada cuando existan garantías en el interés superior del menor.

Asimismo, el informe solicita a la Administración que documente al menor y tramite su residencia con la mayor agilidad posible y sin esperar a los nueve meses previstos en la ley.

Sería aconsejable, dice el informe, la elaboración y entrega a los menores de un documento provisional que les permita realizar las gestiones de la vida diaria. Fernández Felgueroso solicita también, que culminada la estancia del menor en la unidad de primera acogida, la Administración, previa audiencia con el afectado, dicte una resolución expresa y motivada sobre la mejor medida de protección aplicable.

Preparar a los menores para su inserción laboral

Por ello resulta imprescindible, según la procuradora, la adopción de programas específicos de inmersión lingüística.

Fernández Felgueroso recomienda acompañar la inmersión lingüísticas de acciones formativas que preparan a los menores para el empleo.

La Administración debe garantizar también que los menores sean informados plenamente y en un idioma, que entiendan las pruebas y revisiones médicas que se les practiquen y los posibles tratamientos.

El informe de la oficina de la procuradora subraya que el consumo de sustancias tóxicas es residual y solicita una mayor atención por parte del sistema sanitario para esta problemática.

Informe

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